La indemnización en materia laboral, es una obligación del patrón que usualmente es de carácter pecuniario y es calculada con base en el salario que percibía el trabajador entre otras prestaciones que se precisarán a continuación. La indemnización es exigible por parte del trabajador cuando es despedido sin razón justificada, y tal como lo establece el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, será elección del trabajador el pedir la reinstalación o bien la indemnización por el importe de tres meses de salario. Asimismo, si en el juicio el patrón no comprueba la causa de rescisión de la relación de trabajo, el trabajador tendrá derecho a que le paguen salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por 12 meses.

No obstante a lo anterior, dependiendo de la relación laboral, la indemnización será diferente, así lo establece el artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo:

  • Tiempo determinado menor a un año, indemnización equivalente a la mitad de los salarios del tiempo de servicios prestados.
  • Tiempo determinado mayor a un año, indemnización equivalente a 6 meses de salario por el primer año y 20 días por cada año posterior.
  • Tiempo indeterminado, indemnización de 20 días de salario por cada año de servicios prestados.

Para cada supuesto de los enlistados con anterioridad se le sumarán las reglas que establece el artículo 48 de la Legislación en comento, es decir, los tres meses de salario.

Ahora bien, una vez calculado el tiempo al que se tiene derecho de la indemnización, deberá calcularse el monto del salario, el cual no es únicamente compuesto por el que percibía el trabajador, pues además deberá incluir las gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo (en caso de que el empleador las otorgara al trabajador), lo anterior con fundamento al artículo 84 de la Ley.

Lo único que marca la ley que no integra al salario para calcular las indemnizaciones será la participación en las utilidades de la empresa.

Aunado a lo anterior, para poder reclamar la indemnización correspondiente deberá tomarse en cuenta todo lo anterior.

 

Estanislao González Ramírez